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viernes, 11 de febrero de 2011

Camara compensadora electronica

El sistema se basa en la compensación electrónica de la información correspondiente a cheques.

Objetivos:
  1. intercambiar solamente la información necesaria (no los cheques en si) para la imputación en las entidades.
  2. permitir la optimizacion del intercambio físico de los documentos a través del truncamiento de cheques de bajo monto, y posibilitar otras alternativas de procesos mas eficientes.
Truncamiento de cheques:
Consiste en la omisión del traslado y entrega de los cheques de bajo monto (de la entidad depositaria a la entidad girada), el limite de monto es establecido de común acuerdo y los documentos de este tipo son retenidos en la entidad depositaria.
Toda la información necesaria viaja en forma electrónica a través del sistema de compensaciones. El motivo de esto es reducir el costo operativo de las entidades.

Forma de participación:
podrá ser a elección de las entidades:
  • En forma directa: como miembro pleno de una o más cámaras.
  • En forma indirecta: mediante la designación de otra entidad miembro como su representante.
Partes intervinientes:
  • Entidad originante o depositaria (presenta el cheque para su compensación)
  • entidad receptora o girada (abona los cheques debitandolos a sus clientes)
  • El centro de trasmisión (elementos de telecomunicaciones).
  • Las cámaras electrónicas (instituciones que administran la compensacion electrónica de instrumentos de pago).
  • El Banco Central
Deben incluirse además para los cheques no truncados (pasan del monto establecido como limite).
  • El servicio de intercambio entre plazas (servicio de entrega de cheques no truncados en punto de intercambio establecido cuando no tenga sucursal en la plaza girada).
  • El punto de intercambio (lugar donde se realiza el intercambio físico de los cheques no truncados).
Documentos que se pueden compensar con este sistema:
  • Cheques normales.
  • Cheques de pago diferido.
  • Cheques certificados.

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