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sábado, 20 de noviembre de 2010

DERECHO DEL TRABAJO - CONCEPTO Y DIVISIÓN

Podemos definir al derecho del trabajo como el conjunto de principios y normas jurídicas que regula las relaciones, pacificas y conflictivas, que surgen del hecho social del trabajo dependiente, y las emanadas de las asociaciones sindicales, cámaras empresariales y grupo de empleadores, entre si y con el estado.
La esencia de esta rama del derecho lo constituye el contrato individual del trabajo, ya que el resto de la normativa resultan un medio para mejorarlo.
El derecho laboral contiene normas imperativas, que restringen la autonomía de la voluntad, ya que las partes se encuentran en una evidente desigualdad, que se subsana a través de normas imperativas que priman sobre lo que las partes acuerdan.
El fin perseguido por el derecho del trabajo es proteger a la parte mas débil de la relación, esto es el trabajador, se genera una desigualdad legal para subsanar una desigualdad real.

El derecho del trabajo puede subdividirse en cuatro partes bien diferenciadas:
  1. Derecho individual del trabajo: se ocupa de las relaciones de los sujetos, individualmente considerados, por un lado el trabajador y por el otro el empleador.
  2. Derecho colectivo del trabajo: se ocupa de las relaciones de los sujetos colectivos; por un lado, la asociación sindical de trabajadores y por el otro los grupos o entidades representativas de los trabajadores (cámaras empresariales); también el estado como órgano de aplicación y control.
  3. Derecho internacional del trabajo: está constituido por los tratados internacionales celebrados entre los distintos países- tratados multinacionales y esencialmente por los convenios y recomendaciones de la OIT.
  4. Derecho administrativo y procesal del trabajo: se ocupa del procedimiento administrativo, esencialmente ante el ministerio de trabajo, en le que actúa como veedor, mediador o árbitro en los conflictos individuales y colectivos. También se refiere al procedimiento en la órbita judicial ante los tribunales del trabajo, tanto en los conflictos individuales como colectivos.

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